Transcurrido el plazo legal para el que fueron elegidos algunos miembros del Consejo Escolar de este Instituto, se debe proceder a la RENOVACIÓN PARCIAL del mismo, según se establece en el Real Decreto 83/1.996 de 26 de Enero (B.O.E. 21 de Febrero) por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria y en la Orden Ministerial de 28 de Febrero de 1.996 (B.O.E. 5 de Marzo) por la cual se dictan las normas que regulan la elección y constitución de los Consejos Escolares de los Centros Públicos de Educación Secundaria.
Mes: <span>octubre 2013</span>
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